
Cuando nos paren en un control en carretera conduciendo un vehículo con tacógrafo sujeto al cumplimiento de la normativa de conducción y descanso, los agentes nos podrán solicitar la siguiente documentación:
a) Si el control se efectúa en un vehículo que lleva instalado un tacógrafo analógico, el conductor presentará cuando se lo soliciten los agentes y siempre referido al día en curso y a los 28 días anteriores: